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Hacienda aplaza a 2014 la obligación de presentar los libros registro del IVA

Las empresas que reciben notificaciones electrónicas podrán elegir 30 días de cortesía para que la Agencia Tributaria no les notifique nada
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Las sociedades mercantiles suelen contar con un libro registro de IVA donde se anotan todas las facturas que emiten y reciben.

La Agencia Tributaria ha aplazado a 2014 la entrada en vigor de la obligación de las empresas de presentar la declaración informativa con el contenido de los libros de registro del IVA, prevista para 2012, ante la imposibilidad de las compañías de contar con esta información en tiempo y forma, según consta en el real decreto de obligaciones formales.

Se trata de la tercera ocasión en la que Hacienda pospone la entrada en vigor de esta nueva obligación fiscal para las empresas, prevista inicialmente para 2009, que después se aplazó a 2010 y nuevamente hasta 2012. El cambio afecta a todas las sociedades anónimas y limitadas, aproximadamente un millón. Estos aplazamientos se produjeron, según detalló entonces Hacienda, por la “complicada” situación económica de los negocios y para no dificultarles el cumplimiento de sus obligaciones formales, ya que la presentación de esta documentación, muy extensa para cualquier sociedad, les habría supuesto una carga de trabajo excesiva, especialmente en el caso de las pymes.

Por tanto, en 2012 y 2013 esta obligación continuará siendo exigible únicamente a las empresas que soliciten las devoluciones mensuales del IVA y que, por tanto, estén inscritas en este registro de devolución mensual.

Las sociedades mercantiles suelen contar con un libro registro de IVA donde se anotan todas las facturas que emiten y reciben, documento que no están obligadas a presentar a Hacienda salvo que el organismo se lo solicite en algún requerimiento. Por el momento, y según el nuevo real decreto, que sale hoy lunes a información pública, seguirá siendo así hasta 2014.

30 días de cortesía para evitar noticias de Hacienda

Por otro lado, el real decreto contempla que las empresas incluidas en el sistema de envío de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos contarán a partir de 2012 con un máximo de 30 días de cortesía al año en los que Hacienda no podrá notificarles nada, salvo en casos de posible fraude fiscal o peligro de prescripción de plazos. Además, la Agencia Tributaria aclara que los días señalados se computarán como dilación “no imputable” a la Administración.

Así, las empresas que están recibiendo notificaciones o comunicaciones de Hacienda a través del correo electrónico -práctica que la Agencia Tributaria inició este año y quiere extender a todas las empresas hasta 2013- podrán elegir a partir del ejercicio que viene determinados días del año en los que están exentos de recibir cualquier comunicación de Hacienda.

La Agencia Tributaria indica que esta novedad se introduce tras las reclamaciones que vienen realizando tanto los asesores fiscales como las compañías que forman parte del foro de grandes empresas.

Europa Press

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