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Castilla y León adapta su Ley de Cooperativas a la legislación española y europea

La modificación busca armonizar el derecho de reembolso de los socios con los nuevos criterios contables
José Antonio de Santiago-Juárez, consejero de Presidencia y portavoz de la Junta
José Antonio de Santiago-Juárez, consejero de la Presidencia y portavoz de la Junta.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León aprobó este jueves el Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley regional de Cooperativas, a fin de regular los aspectos del reembolso del capital aportado por los socios cooperativistas, en el caso de que abandonen la sociedad.

Estas modificaciones se incluyen por la nueva consideración del capital social de la cooperativa, que hasta ahora se incluía como un activo en la contabilidad de las entidades y que, con las nuevas normas contables, se traslada al pasivo como un débito que la agrupación tiene con sus socios.

Las variaciones que se introducirán en la Ley de Cooperativas de Castilla y León, al igual que se hizo en la estatal y en otras comunidades autónomas, pretenden poner algunos límites al reembolso cooperativo para, si se diera el caso de un abandono masivo de socios por baja voluntaria y todos pidieran la parte del capital social que les corresponde como reembolso, evitar que la cooperativa se quede sin capital suficiente para su funcionamiento.

Límites al reembolso

Los límites que se fijan en la Ley establecen las aportaciones de socios cuyo reembolso, en caso de baja, puede ser rehusado por el Consejo Rector de la cooperativa. Se fija también el criterio de que si en un ejercicio existe reparto de beneficios o intereses, tendrán prioridad los cooperativistas cuyo reembolso ha sido rehusado.

La reforma coincide con el proceso de convergencia con las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) adoptada por la UE y la legislación española.   

Castilla y León Económica

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