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Los autónomos estarán más protegidos en los concursos de acreedores

La normativa contempla la declaración de suspensión de pagos de clientes
Esta medida está dentro de las enmiendas del Grupo Popular.
Los acreedores privilegiados sólo podrán quedarse con el montante equivalente a la deuda originaria tras ejecutar las garantías.

Los trabajadores autónomos económicamente dependientes serán considerados a todos los efectos acreedores de derecho laboral en la nueva normativa concursal para que queden más protegidos en caso de verse afectados por la declaración de suspensión de pagos de algún cliente.

Así consta en una de las 40 enmiendas que el Grupo Popular ha registrado en el Congreso al proyecto de ley de medidas concursales, haciéndose eco de esta manera de una petición que prácticamente todos los grupos de la oposición han recogido también en sus propuestas de modificación del articulado.

En las enmiendas del PP, también se abre la posibilidad de que en la nueva Comisión de Seguimiento de las prácticas de refinanciación y reducción del sobreendeudamiento haya alguna persona elegida por su “representatividad en el ámbito laboral”.

Por otra parte, los acreedores privilegiados sólo podrán quedarse con el montante equivalente a la deuda originaria tras ejecutar las garantías, quedando el resto si existiera a disposición del resto de la masa activa del concurso.

Liquidaciones

Por otra parte, todo un paquete de propuestas pretende facilitar y agilizar la comunicación entre los implicados en un proceso concursal, obligando a que la información relativa tanto al convenio como al informe de los administradores y sus impugnaciones les sean comunicados telemáticamente.

También se precisa que, si se trata de personas jurídicas, el administrador concursal deberá publicar en el portal de liquidaciones concursales del Registro Público Concursal, una vez aprobado el plan de liquidación, toda la información necesaria para la enajenación.

Castilla y León Económica / Europa Press

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