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La Junta convocará antes de fin de año 16,3 millones en ayudas al alquiler para las personas con menos ingresos

Para rentas inferiores a los 532,51 euros o cuyo techo máximo sea de 1.331,27 euros al mes
Juan Carlos Suárez-Quiñones (centro), en rueda de prensa sobre vivienda.
Juan Carlos Suárez-Quiñones (centro), en la rueda de prensa sobre vivienda de alquiler.

Los ciudadanos de Castilla y León con rentas inferiores a los 532,51 euros o cuyo techo máximo sea de 1.331,27 euros al mes serán los beneficiarios de un total de 16,3 millones de euros en subvenciones al alquiler de viviendas que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente tiene previsto convocar antes de concluir el presente año.

De hecho, la primera convocatoria, con carácter extraordinario, por importe de 5 millones aparece recogida ya este viernes en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL), en este caso con fondos propios de la Administración regional y destinados a rentas inferiores al Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples (IPREM), es decir, a aquellos que no superen los 532,51 euros al mes.

Pero a esta inicial convocatoria, tal y como ha anunciado Juan Carlos Suárez-Quiñones, consejero de Fomento y Medio Ambiente, al término de la comisión en materia de Vivienda del Consejo del Diálogo Social, con participación de patronal y sindicatos, se sumará otra ordinaria para el próximo mes de noviembre por importe de otros 11,3 millones para el período 2016-17, en este caso mediante un convenio con el ministerio del ramo, que tendrá por destinatarios a quienes tengan un techo de renta que no supere 2 veces y media el IPREM (1.331,27 euros al mes).

El objetivo es “enganchar en esta segunda convocatoria a aquellas personas que por una u otra razón hayan quedado excluidas de las ayudas de la primera, sobre todo porque son momentos en los que hay que ayudar a los que más lo necesitan, dentro de las posibilidades presupuestarias ya esforzadas de la Junta de Castilla y León”, ha subrayado Suárez-Quiñones.

Las citadas subvenciones son uno de los primeros compromisos ya cumplidos que Suárez-Quiñones anunció hace unas semanas durante su comparecencia en las Cortes como programa de gobierno para esta legislatura, entre los que figura igualmente la constitución de un parque público de viviendas con destino al alquiler, pendiente aún de la aprobación del decreto regulador correspondiente pero que cuenta ya en una primera fase con un total de 1.200 pisos, tras el centenar incorporado desde la Sociedad de Garantía de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb).

Requisitos

En cuanto a las subvenciones convocadas, la cuantía de las mismas será el resultado de aplicar al total de la renta que conste en el contrato de arrendamiento correspondiente al período subvencionable el 50%, sin que pueda exceder de 2.850 euros anuales, se realizará un pago único mediante transferencia bancaria.

El período máximo subvencionable serán los 12 meses de alquiler anteriores a la publicación de la convocatoria, lo que supone de octubre de 2014 a septiembre de 2015 incluidos. El plazo para solicitar la ayuda será del 3 al 30 de octubre de 2015, y antes de finalizar el año quedarán resueltas las solicitudes y la relación de beneficiarios.

El objetivo de estas ayudas extraordinarias al alquiler es facilitar el acceso a la vivienda a los sectores de la población más vulnerables. Podrán acceder a estas ayudas las personas físicas mayores de edad–incluidos extranjeros comunitarios, no comunitarios con residencia legal y refugiados–, que sean titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda que constituya su residencia habitual y permanente.

Exclusiones

A su vez, además de cumplir que los ingresos no superen una vez el IPREM, existe una limitación en el precio del alquiler -hay 5 ámbitos, el máximo es 475 euros al mes en Burgos, Valladolid, Segovia y Salamanca, y 350 euros al mes en el medio rural-. Están excluidos de esas ayudas los que sean propietarios de otra vivienda, excepto casos de separación, divorcio o indisponibilidad de vivienda.

Quedan exentos los arrendamientos de las viviendas de promoción directa, subarrendamientos, arrendamientos de habitaciones o parciales, arrendamientos de locales usados como vivienda y arrendamientos para usos distintos del de vivienda.

Tendrán preferencia quienes, en el momento de presentar la solicitud, estén dentro en un procedimiento judicial de resolución del contrato de arrendamiento por impago de rentas, acreditado de la forma prevista. La prioridad del resto de los solicitantes se determinará en función de los ingresos de la unidad de convivencia calculados conforme a lo previsto.

Castilla y León Económica/ Europa Press

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