La Consejería de Empleo ha publicado este lunes en el Bocyl una convocatoria de ayudas, con un crédito superior al medio millón de euros, cuya finalidad es la creación y desarrollo de cooperativas y sociedades laborales con ánimo de lucro.
Para ello apoya la incorporación de socios trabajadores con carácter indefinido en estas entidades de la Economía Social, de desempleados y de trabajadores con contrato de trabajo de carácter temporal en las mismas cooperativas o sociedades laborales en las que pasen a ser socios. Esta ayuda se aplicará en el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2015 y el 29 de febrero de 2016.
Los destinatarios que se pueden beneficiar de estas subvenciones son los desempleados menores de 25 años que no hayan tenido antes un primer empleo fijo y los desempleados mayores de 45 años. De la misma forma, están incluidos desempleados de larga duración que hayan estado sin trabajo e inscritos en las oficinas de empleo durante al menos 12 de los anteriores 16 meses o durante 6 meses de los anteriores 8 meses si fueran menores de 25 años.
También aquellos a quienes se haya reconocido el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, para su incorporación como socios a la sociedad cooperativa o sociedad laboral que solicita la subvención, siempre que el período de prestación por desempleo que tengan reconocido no sea inferior a 360 días si tienen 25 años o más y 180 días si son menores de 25 años.
Nuevas madres desempleadas
Por otra parte, también se pueden beneficiar de estas subvenciones mujeres desempleadas que se incorporen como socias trabajadoras o de trabajo en los 24 meses siguientes a la fecha de parto, adopción o acogimiento; personas desempleadas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%; desempleados en situación de exclusión social pertenecientes a alguno de los colectivos contemplados en el Programa de Fomento de Empleo vigente en el momento de la incorporación como socio; y, por último, trabajadores vinculados a la empresa por contrato de trabajo de carácter temporal no superior a 24 meses, con una vigencia mínima de 6 meses a la fecha de solicitud de la subvención.
La cuantía de las ayudas será de 5.500 euros por cada persona incorporada a jornada completa. Si la persona incorporada es mujer, la cuantía de la subvención será de 7.000 euros.
Castilla y León Económica / Europa Press