El Gobierno ha introducido una fuerte penalización para las indemnizaciones millonarias que reciben los directivos del sector privado al abandonar su puesto de trabajo, del tal manera que cuando sean igual o superiores al millón de euros no se podrán aplicar en el IRPF la reducción del 40% que existe actualmente para los primeros 300.000 euros, según confirmaron fuentes del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Además, en el Impuesto de Sociedades se considerará no deducible el importe de la indemnización satisfecha a un empleado que supere el millón de euros.
La medida, que se ha introducido en una enmienda del PP a la ley de medidas tributarias que está debatiendo el Senado y que entrará en vigor el 1 de enero de 2013, fija además que si la indemnización está comprendida entre 700.000 euros y un millón de euros el actual límite de 300.000 euros sobre el que se aplica la reducción del 40% se minorará en la diferencia entre la cuantía de la indemnización y 700.000 euros. El resto irá al tipo marginal.
Suma de indemnizaciones
Asimismo, a la hora de determinar la cuantía de la indemnización, se sumarán las que se hayan percibido de todas las empresas del grupo.
Finalmente, para evitar los diferimientos que se están produciendo en la tributación de aportaciones satisfechas por empresarios, se establece un límite anual de 100.000 euros de primas en los contratos de seguros colectivos satisfechas por el mismo empresario a cada contribuyente por encima del cual éste último deberá imputárselo fiscalmente de forma obligatoria.
Europa Press